lunes, 30 de agosto de 2010

Corte constitucional de Colombia blinda la fiesta

La Corte Constitucional colombiana declaró exequible el artículo que excluye de la Ley de protección de los animales las corridas de toros, las riñas de gallos, el coleo y las corralejas. Con una votación de seis a tres la Corte se pronunció y con ello le da viabilidad a las corridas de toros en Colombia. Esto convalida que las tradiciones y las culturas de un pueblo no se eliminan de la faz de la tierra por la vía de la prohibición, pues ellas se extinguirán o perdurarán de acuerdo al clamor del pueblo, no de una decisión judicial.